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Los requisitos de este incentivo se han flexibilizado con efectos retroactivos.

Los supuestos en los que es posible aplicar la deducción por maternidad se han ampliado de forma retroactiva para el IRPF de los ejercicios 2020, 2021 y 2022. 

En dichos ejercicios también tienen derecho a aplicar el incentivo las mujeres con hijos menores de tres años que, a partir del 1 de enero de 2020, se encontraran en alguna de las situaciones siguientes:

  • Hubieran pasado a encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de haber quedado suspendido el contrato de trabajo que las vinculaba con su empresa.
  • Se encontrasen en un período de inactividad productiva derivado de un contrato de trabajo fijo-discontinuo.
  • O bien fuesen trabajadoras por cuenta propia perceptoras de una prestación por cese de actividad como consecuencia de la suspensión de la actividad económica desarrollada.

Al presentar el IRPF de 2022, estas mujeres pueden computar las deducciones que no pudieron aplicar en 2020 y 2021, junto con las de 2022.

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